Nombre de una pretenciosa ley precedente de los Pinos que busca de resarcir el daño a las víctimas por todo un sexenio de guerra contra el narcotráfico. Paradójica iniciativa, la sociedad puso los muertos y el gobierno planea legar algo de consuelo a éstos, que son su legado. Este corpus legislativo plantea la defensa de los Derechos Humanos y a las víctimas, convertirse en paradigma de protección, pero esta hueca para ser tal cosa. Es de cuestionarse el supuesto compromiso del gobierno mexicano con los convenios internacionales adquiridos en 2011 con los Derechos Humanos, ya tiene, en la estufa tiene una propuesta que pretende elevar la Constitución conferida respecto a los Derechos Humanos por encima de estos acuerdos. Significa que la violación a los Derechos Humanos ya no podrán ser castigados o protegidos por alguna instancia superior una vez que se recurra a la Costitución.
Pomposamente se presenta como “suscrita por los senadores y senadoras, ante la LXI Legislatura, como fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los Artículos 8, fracción I, 164 párrafos I y II, 169, 172 párrafo 1, y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República” busca presentarse como un hito a favor de las víctimas de la delincuencia (sin considerar de antemano que muchas de las víctimas han sido a manos de las propias fuerzas del Estado). No considera ni es crítico al contexto de la realidad social y política e institucional que impera en México. Se fundamenta en las buenas intenciones legislativas, pero sin reconocer en sus disposiciones una real voluntad política para enmendar la falta de efectividad del propio accionar del Estado y, el reconocer, que es el mismo parte del problema como violador a los Derechos Humanos al, también negar a los defensores de los Derechos Humanos la categoría de víctimas.
A esto se suma la falta de visión de las realidades dentro del sistema judicial mexicano, que se ha caracterizado, además de ser ineficiente, por su corrupción, el atestamiento; la megalomanía de sus propios integrantes de catalogar como ejemplar a esta institución fuera de toda la realidad: por el contrario, se distingue por su falta de equidad y eficacia en la impartición de justicia, ejemplo claro y difundido en la película Presunto culpable. Aquí todo mundo es culpable hasta demostrar su inocencia y no al revés.
Si bien esta Ley parte del reconocimiento de la impunidad dentro de la realidad mexicana y el reconocimiento que el progreso social son las bases del desarrollo y la justicia, niega toda crítica al propio sistema y en los causantes de este clima, al solo señalar las fallas generales y vagas, excluyendo el señalamiento particular a sus órganos y dependencias dentro del propio gobierno y legisladores. La falta de equidad efectiva del sistema judicial se devalúa más en la corrupción sistemática y la voluntad solo mediática venida “desde arriba”. Se habla de crear un cuerpo normativo y asesoría jurídica para las víctimas, cuando todos sabemos lo limitado de estas funciones para ellas, su menosprecio y trato déspota, por parte de los funcionario públicos, en muchos casos, las víctimas, se enfrentan con un muro de indiferencia y llano desprecio del funcionario de mostrador que a pesar de campañas de sensibilización no parecen hacer mella en este tipo de trato.
Esta Ley habla de hacer visibles a las víctimas, de reconocer y dignificar su persona, sin embargo, con este mismo desprecio permea a todos los niveles de gobierno. Se habla de crear un Registro Nacional de Victimas cuando ha sido el propio Estado el que, sistemáticamente, ha denostado la visibilidad a las víctimas, negando su existencia, menospreciando el trabajo de la sociedad civil con sus investigaciones y la recopilación de datos acerca de las víctimas. Desprestigiando y desacreditando la calidad y validez su trabajo, minimizando las cifras o implementando campañas mediáticas, que desprestigian su imagen ante el extranjero y la sociedad mexicana, con anuncios sobre que los mexicanos debemos dar las gracias a las fuerzas armadas.
En la ley se mencionan estándares internacionales y de elevar a rango Constitucional la defensa de los Derechos Humanos como víctimas. La presente propuesta de Ley General de Víctimas, reglamenta el tercer párrafo del artículo Primero, el artículo 17 y el apartado C) del artículo 20, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siendo a través de este instrumento que se pretende enfrentar de manera global la problemática que aqueja a las víctimas en nuestro país, así como la reparación integral. Además el acceso a instituciones de educación subsidio y protección. Esto se lee muy bonito, sin embargo, de un plumazo borra todo el contexto de inseguridad, ineficacia y corrupción dentro del aparato judicial, así como responsabilidades concretas y de presentarse en un país de políticas públicas de tercer mundo, cuando ni siquiera son satisfechas las necesidades y derechos básicos.
Se habla de crear una Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. Conocemos bien los derroteros de estas Comisiones-Fiscalías en el país a travez de los últimos 20 años, solo han llevado al hartazgo y al cansancio de las víctimas y sus familias, a las ONG´s; ya que a los culpables y al propio Estado no se les obliga en la práctica, a dar resultados, pero si a ser onerosas sin resultados palpables, los casos son conocidos: Fiscalías para resolver los casos de las Muertas de Ciudad Juárez, desapariciones y asesinatos de periodistas, Comisión para crímenes del pasado, Atenco etcétera. Se habla de coordinación institucional, que traducido en llanas palabras, para las víctimas y sus familiares junto con las ONG´s significa: Burocratización del dolor de las víctimas que solo quedará en el entramado burocrático y en el olvido al pasar la novedad en los medios de comunicación.
La reparación integral del daño. ¿En cuánto valorar la muerte de un ser querido? ¿El trauma de la inseguridad y la delincuencia? ¿Acaso se pagará económicamente a cada una de las más de 100 mil muertes por la violencia? ¿Existen tal tamaño de fondos y gobierno dispuesto a pagarlos? Se habla de asesoría a los deudos. Cuando es por todos conocidos la escasa preparación y tacto de los funcionarios asignados por el gobierno en todos los niveles. ¿Ellos son la ayuda? Se habla de hacer la ayuda extensiva a las familias con relación inmediata con las o personas que tengan con la víctima(s) y de toda persona que de alguna forma sufra daño o peligre. Ya sabemos los derroteros de los defensores de los Derechos Humanos en México, un caso paradigmático: el de Marisela Escobedo, muerta a manos del delincuente que mató a su hija y que posteriormente la asesinó frente al palacio de gobierno en un plantón exigiendo justicia. La verdad imperante es que existe un alarmante grado de indefensión para los defensores de los Derechos Humanos y falta de garantías del Estado. Es la norma.
La Ley habla de dignidad y buena Fe. ¿Es digno para una víctima o su familia andar mendingando justicia o atención en los ministerios públicos, sedes del gobierno, andar haciendo marchas y huelgas de hambre para las autoridades mudas e indiferentes? ¿Las acciones y el discurso mediático del gobierno presuponen buena fe? ¿Hablan del precepto de “buena diligencia” que la propia Ley prodiga definir?
La Ley pacta no criminalizar a las víctimas, otro ejemplo de los contrario muy reciente es el #1DMX donde se detuvo arbitrariamente, sin pruebas o flagrancia a 96 personas y la autoridad en vez de investigar sucesos, primero los fichó y se realizó una cacería de brujas y luego se investigó culpabilidades. Así funciona el supuesto estado de derecho y la policía profesional en México.
La Ley menciona un apartado sobre la Victimización Secundaria que se define como “Las características y condiciones particulares de la víctima no podrán ser motivo para negarle su calidad. El Estado tampoco podrá exigir mecanismos o procedimientos que agraven su condición, ni establecer requisitos que obstaculicen e impidan el ejercicio de sus derechos ni la expongan a sufrir un nuevo daño por la conducta de los servidores públicos”. El colmo de este señalamiento, es que cuando en el Ministerio Público se le exige a una víctima desaparecida o secuestrada (o incluso fallecida) sea ella misma la que se presente a levantar su denuncia. No es broma, existen casos documentados de esta estupidez. Aún más, cuando se les pide a los familiares de las víctimas “pruebas” de tal o cual delito, o sea, que hagan el trabajo de la propia autoridad, pesquisas, análisis forenses, labor policiaca de investigación etc. Así de bizarra es la realidad con la que se topan los familiares de las víctimas. ¿A esto es garantizar un mínimo de dignidad a la víctima y a sus familiares? Cuando el propio Ministerio Público tiende a estigmatizar las denuncias al catalogar a la víctima como pobre, prostituta, homosexual o delincuente de antemano. ¿Esto cambiara la cultura con una Ley, cuando desde antes, existen controles contra la discriminación o malos tratos a las víctimas y nadie en la práctica cumple y nadie castiga?
La información y derecho a la justicia. Todo quien se haya enfrentado a la ley sabe lo obscuro que es el acceso a la información dentro del entramado burocrático y legal y la indefensión del ciudadano común. Cuando es el propio gobierno el que pone trabas al acceso a la información como se muestra en las demandas por información en el IFAI, las dependencias gubernamentales son las principales deudoras con el acceso libre a la información, el trato desde lo “obscurito” y la discrecionalidad dentro de las dependencias de gobierno.
¿Cómo esperar apertura cuando son las propias instituciones del Estado los que limitan la información, y ahora dicen que abrirán públicamente la información a la ciudadanía? Existen leyes que los obligan desde ya, pero nadie que las cumple y nadie sanciona realmente. ¿Ley vinculante? Burla.
Aunado a lo anterior, la propia Ley señala el derecho a conocer la verdad ¿es creíble en esto el gobierno? Es juez, parte y culpable, es decir el propio Estado, quien enmascara el alcance y el número de muertes por la violencia, empleando todo su poder para ocultar cifras y la visibilidad de las víctimas y en muchos casos proteger a los agresores que provienen de las propias instituciones de gobierno.
Asesoría y compensación del daño. Con citado arriba ¿Con esta Ley se puede llegar y aspirar a la justicia y a un cambio de paradigma respecto a la protección de los Derechos Humanos y la protección para las víctimas de la violencia? ¿Representa un cambio de voluntad política por parte del Estado? La respuesta obvia es que no. Una maquillada más de petardo mediático de Ley Muerta, es lo que representa, porque justicia y compensación a las víctimas y sus familias no.